martes, 19 de noviembre de 2013

Comunicado sobre Amparo contra Nombramiento CDHDF

                                                              México D.F., a 19 de Noviembre de 2013

A los medios de comunicación

A los ciudadanos del Distrito Federal.

El que escribe Daniel Balboa Verduzco, en mi carácter de ex candidato a la Presidencia de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, hago de su conocimiento que el día de hoy 19 de Noviembre de 2013 he presentado ante la Oficialía de Partes Común de los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, una Demanda de Amparo en contra del proceso mediante el cual fue nombrada como Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal la Doctora Perla Gomez Gallardo.


Dicha Demanda de Amparo fue turnada al Juzgado Segundo de Distrito en materia Administrativa en el Distrito Federal, juzgado que resolverá en los próximos días sobre la admisión de la Demanda.


En mi escrito de Demanda de Amparo, reclamo todas las irregularidades que se presentaron en el proceso de selección entre las que están el no apegarse estrictamente a la normatividad que regulaba el proceso, no cumplir con el mandato del artículo 102 Apartado B párrafo octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de llevar un proceso transparente en todo momento, tan es así que hasta el momento son desconocidas las calificaciones que obtuvimos todos y cada uno de los candidatos, mediante el sistema de puntos establecido por la Comisión de Derechos Humanos de la Asamblea Legislativa, para la valoración de nuestras candidaturas, sistema de puntos que además no estaba previsto en la convocatoria hecha pública, así como la intervención de autoridades que debieron mantenerse ajenas al proceso como lo fue la reunión entre el Secretario de Gobierno del Distrito Federal con algunos de los Diputados de la Asamblea legislativa lo cual ha sido señalado por los medios de comunicación.


Cabe destacar que de igual forma los medios de comunicación dieron cuenta ampliamente desde mucho antes de concluir el proceso de selección, que ya era del conocimiento público quien resultaría ganadora del proceso, por lo que el mismo fue solo una simulación, que contraviene el derecho que tenemos todos los ciudadanos para poder ser nombrados para cualquier empleo o comisión en el servicio público si reunimos los requisitos de ley, derecho establecido en el artículo 35 fracción VI de la  Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


De igual forma en mi Demanda de Garantías argumento la inconstitucionalidad de del artículo 107 de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, así como del artículo 9 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal referente al procedimiento para el nombramiento del Presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal.


En mi Demanda de Amparo señalo como precedente el caso del Amparo promovido en contra del nombramiento del Auditor Superior del Estado de Jalisco, el cual origino la emisión por parte de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de la Tesis 2a./J,18/2013 bajo el rubro "AUDITORÍA SUPERIOR ESTATAL. LOS ACTOS EMITIDOS POR LOS CONGRESOS LOCALES EN EL PROCEDIMIENTO DE DESIGNACIÓN DEL TITULAR DE ESE ÓRGANO TÉCNICO, PUEDEN IMPUGNARSE EN EL JUICIO DE AMPARO CUANDO SE DICTE LA RESOLUCIÓN DEFINITIVA CORRESPONDIENTE (ESTADOS DE JALISCO Y OAXACA)". tesis que establece que si son impugnables los procesos de selección llevados a cabo por los Congreso Locales y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal ya que no actualizan la causa de improcedencia previstas en el artículo 73 (hoy 61) de la Ley de Amparo, ya que hasta antes de la emisión de esta tesis se seguía el criterio que establecía que por ser decisiones soberanas no era procedente el Juicio de Amparo.


Pongo a su disposición los archivos que contienen la Boleta de Turno y el Acuse de recibido de mi Demanda de Amparo, los cuales son visibles en el siguiente enlace. http://bit.ly/1bP2aZt






Daniel Balboa Verduzco

Ex candidato a la Presidencia de la CDHDF
dhacglvm@gmail.com

Desechan Amparo promovido por Manuel Fuentes contra CDHDF

El día de hoy 19 de Noviembre de 2013 fue publicado en la Lista de Acuerdos del Juzgado Décimo de Distrito en Materia Administrativa del Distrito Federal un acuerdo de fecha 15 de Noviembre de 2013 recaído en el Juicio de Amparo 1302/2013 promovido por el Dr. Manuel Eduardo Fuentes Muñiz en contra del proceso mediante el cual fe designada Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal la Dra. Perla Gomez Gallardo.

Dicho acuerdo en su parte medular señala que "DESPUÉS DE UN ESTUDIO MINUCIOSO DEL ESCRITO DE DEMANDA Y SIN ANEXOS ESTE ÓRGANO DE CONTROL CONSTITUCIONAL ESTIMA QUE DEBE DESECHARSE EL LIBELO DE GARANTÍAS POR SU MANIFIESTA E INDUDABLE IMPROCEDENCIA. EN CONSECUENCIA SE DESECHA DE PLANO LA PRESENTE DEMANDA DE GARANTÍAS"

Como se recordara el pasado 8 de Noviembre de 2013 el  Dr. Manuel Eduardo Fuentes Muñiz presento ante la Oficialía de Partes de los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa su Demanda de Amparo, misma que fue turnada al Juzgado Décimo de Distrito en Materia Administrativa del Distrito Federal, quien le asigno el número de Amparo Indirecto 1302/2013, y mediante acuerdo de fecha 11 de Noviembre de 2011 el Juez de Distrito considero que la Demanda de Amparo contenía irregularidades que debían ser subsanadas por el promovente por lo que acordó "Prevenir"  al promovente para que en el plazo de cinco días subsanara las deficiencias, lo cual realizo el Dr. Manuel Eduardo Fuentes Muñiz, sin embargo el Juez de Distrito determino desechar de plano la Demanda de Garantías.

Ahora el Dr. Manuel Eduardo Fuentes Muñiz, en caso de estar inconforme con dicha resolución puede interponer el Recurso de Queja previsto en el artículo 97 de la Ley de Amparo, el desconocimiento por parte del que escribe del texto de la Demanda de Amparo así como del acuerdo me impide hacer mayor comentario sobre si considero adecuado la determinación del Juzgado de Distrito, sin embargo hago un reconocimiento al Dr. Manuel Eduardo Fuentes Muñiz por su aportación en la búsqueda de que se transparente y de ser posible se reponga el proceso en el que ambos participamos y el cual tuvo diversas irregularidades por las cuales yo también he presentado mi Demanda de Amparo.

Los acuerdos antes aquí mencionados pueden ser consultados en las Listas de Acuerdos de los días respectivos disponibles en el Juzgado de Distrito o en la página http://www.dgepj.cjf.gob.mx y pongo a su disposición una captura de los mismos en el siguiente enlace http://bit.ly/1b6WJXl

Daniel Balboa Verduzco
Ex candidato a la Presidencia de la CDHDF